ENTREVISTA DE MIEDO CREÍBLE VS ENTREVISTA DE MIEDO RAZONABLE
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Nuestro bufete de abogados está comprometido a convertirse en el mejor bufete de abogados para comunidades latinas, migrantes y de habla hispana en Arizona.
Abogado de entrevistas de miedo razonable y miedo creíble
En Ybarra Maldonado Law Group, apoyamos a las familias inmigrantes que se ven obligadas a huir de sus países de nacimiento debido a la violencia. Nos sentimos honrados de luchar junto a quienes realizan el arduo viaje lejos de su tierra natal en busca de una vida libre de tortura o persecución. Lamentablemente, Estados Unidos ha seguido dificultando la entrada o la permanencia en el país de quienes huyen de la violencia. La administración Trump utilizó Título 42 expulsar a quienes cruzan la frontera, incluso a quienes huyen de la violencia. Si bien la Administración Biden ha seguido utilizando el Título 42, todavía vemos a numerosas personas sometidas a procedimientos de entrevista por temor razonable o creíble.
A menudo, los agentes fronterizos emiten una orden de expulsión acelerada para alguien sorprendido entrando recientemente al país. Solicitantes buscando asilo o temer persecución o tortura puede establecer un “temor creíble de persecución” y evitar estar sujeto a la orden de expulsión. Si la persona que expresa miedo fue expulsada previamente del país, se le concedería una entrevista de temor razonable en lugar de una entrevista de temor creíble en un intento de evitar el restablecimiento de la orden de expulsión anterior.
En Ybarra Maldonado Law Group tenemos un profundo conocimiento de las leyes nacionales e internacionales relativas a los solicitantes de asilo. Tienen derecho a demostrar un temor razonable o creíble de persecución o pérdida de la vida si son deportados a su país de origen. Hemos obtenido con éxito subvenciones para entrevistas de miedo razonable y creíble y entendemos cómo funciona el proceso de entrevista. Si usted o un miembro de su familia se encuentra en esta situación, hable con un abogado especializado en temores razonables lo antes posible. En YMLG, nuestros abogados de miedo razonable de Florence y Eloy están aquí para ayudarle. Para programar una consulta con un calificado Abogado de inmigración en Phoenix, por favor llama 602-910-4040 hoy.
Miedo Razonable y Miedo Creíble en Casos de Inmigración de Asilo
El miedo razonable y el miedo creíble entran en juego si un funcionario de inmigración de los EE. UU. descubre a un no ciudadano en o cerca de un puerto de entrada o si un no ciudadano se presenta ante el funcionario, por ejemplo, después de un arresto por un encuentro criminal dentro del interior. del país. Los funcionarios deben determinar si es necesario o no un proceso de expulsión acelerado. Sin embargo, ¿qué pasa si ese no ciudadano busca asilo debido a un temor razonable de persecución o tortura?
En este punto, los oficiales de inmigración deben cumplir con las leyes nacionales e internacionales con respecto a los solicitantes de asilo. Un solicitante de asilo tiene derecho a demostrar que tiene un temor razonable o un temor creíble de persecución o tortura si regresa a su país de origen. Los no ciudadanos todavía tienen derecho a la seguridad personal, razón por la cual existen evaluaciones de miedo razonables y creíbles.
Miedo creíble versus miedo razonable
Es importante comprender las diferencias entre el miedo razonable y el creíble en un caso de asilo. Aunque estos términos suenan muy similares, tienen diferencias notables. Los funcionarios de inmigración utilizan ambos términos para determinar si otorgar o no asilo o retención de remoción a los no ciudadanos.
La principal diferencia entre miedo creíble y miedo razonable es el historial migratorio previo de la persona detenida. ¿Buscan ingresar o permanecer en el país sin haber sido expulsados previamente? Si la persona no ha sido expulsada previamente, por ejemplo, es la primera vez que ingresa al país, se le realizará una entrevista de miedo creíble.
Si la persona ya ha sido expulsada previamente del país, ya sea mediante orden expedita o por un Juez de Inmigración ordenando expulsión, entonces la persona sólo podría buscar temor razonable. A continuación, describimos los matices de cada término y cómo se relacionan con su oportunidad de permanecer en el país.
En breve, El miedo creíble es el tipo preferido de entrevista, ya que tiene un estándar más bajo que cumplir. y conduce a una oportunidad de solicitar asilo. El miedo razonable es más difícil de ganar y solo da lugar a la posibilidad de ganar la retención de deportación y no el asilo.
¿Qué es el temor razonable?
En una entrevista de temor razonable, el oficial de asilo determinará si existe una posibilidad razonable de que la persona sea perseguida o torturada en el país de expulsión. El miedo razonable es más difícil de probar que el miedo creíble. La entrevista debe llevarse a cabo de manera no conflictiva, e incluso puede ser por teléfono. Un solicitante puede estar representado por un abogado. Esta persecución o tortura debe tener una posibilidad razonable de ocurrir con base en lo siguiente.
- Carrera
- Religión
- Nacionalidad
- Pertenencia a un determinado grupo social u opinión política
¿Cuándo se realizan las entrevistas de temor razonable?
Las evaluaciones de miedo razonable generalmente ocurren dentro de los 10 días después de que ICE remita su caso a la oficina de asilo. Sin embargo, han estado tardando más dada la alta demanda. Sin embargo, es importante recordar que si actualmente está detenido o cumpliendo una sentencia de prisión prolongada, tendrá que esperar a su entrevista. Normalmente tendrá que esperar hasta que esté bajo la custodia de ICE para solicitar la entrevista.
¿Qué sucede en una entrevista de miedo razonable o creíble?
El oficial de asilo primero le hará preguntas sobre sus antecedentes. Luego, le preguntarán sobre su miedo a regresar a su país de origen. Dará una razón para sus temores y luego responderá las preguntas de seguimiento.
Entonces, te preguntarán por qué te persiguen. Le harán preguntas relacionadas con la persecución en función de su raza, etnia, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo. Es importante tener en cuenta que si no puede vincular su solicitud de asilo a la persecución en base a una de esas categorías, es probable que su solicitud sea denegada. Además, si sus respuestas son inconsistentes de alguna manera, estas inconsistencias pueden usarse para desacreditarlo.
Luego, su entrevistador le preguntará si ha enfrentado maltrato o tortura por parte de una organización oficial del gobierno en su país de origen. Además, le preguntarán si hay alguna prohibición obligatoria que le impida solicitar asilo. Esto incluye si ha cometido o no algún delito grave con agravantes.
Finalmente, el entrevistador resumirá los procedimientos antes de permitirle hacer comentarios adicionales. El entrevistador también debe preguntarle a su abogado si tiene alguna pregunta para usted. Una vez que termine la entrevista, determinarán si su historia merece o no un hallazgo de temor creíble o razonable.
¿Qué es el miedo creíble?
Se ha definido que temor creíble significa que, teniendo en cuenta la credibilidad de las declaraciones hechas por la persona en apoyo de su reclamo y otros hechos conocidos por el oficial entrevistador o el juez de inmigración, existe una posibilidad significativa de que la persona pueda establecer la elegibilidad para asilo, retención o CAT.
Miedo creíble es un temor creíble de procesamiento o tortura que enfrenta un no ciudadano detenido al regresar a su país de origen. A diferencia del miedo razonable, el miedo creíble se aplica a los no ciudadanos que no han sido expulsados previamente del país. Es un estándar más fácil de cumplir que el estándar del miedo razonable.
¿Cuándo se realizan las entrevistas de miedo creíble?
Las entrevistas de miedo creíble ocurren después de haber sido colocado en eliminación acelerada y luego en detención de ICE. Su entrevista se llevará a cabo mientras esté detenido, dentro de los 10 días posteriores a la transferencia de su caso a la oficina de asilo. Sin embargo, algunas entrevistas han tardado más en programarse, dada la acumulación de solicitudes.
Preparación para la entrevista de miedo creíble
Tener un bufete de abogados con experiencia en inmigración que lo prepare para su entrevista puede marcar la diferencia entre quedarse en este país o regresar a su país de origen. A menudo escuchamos a personas que ya tuvieron sus entrevistas y ni siquiera lo sabían. Les dicen que tienen una llamada telefónica y creen que no está sucediendo nada formal, pero en realidad un oficial de asilo los está entrevistando al otro lado del país.
Con la ayuda de su abogado, puede prepararse para su proceso de evaluación de temores creíbles y aumentar sus posibilidades de obtener una aprobación exitosa. Al ser retenido, programamos una visita con usted o su ser querido para explicarles el proceso de temor creíble/razonable y el estándar que está adjudicando el oficial de asilo.
También notificamos a la oficina de asilo que nos gustaría estar presentes durante la entrevista real. En nuestros numerosos años de experiencia, hemos descubierto que la mejor manera de prepararse es una entrevista simulada. Uno de los miembros experimentados de nuestro equipo puede desempeñar el papel de oficial de asilo y hacer las preguntas que probablemente se formularán durante la entrevista. Esto le dará a usted o a su ser querido la oportunidad de comprender cuál es la mejor manera de presentar su caso al oficial de asilo.
Antes de que se realice la entrevista, el oficial de asilo leerá las notas que tiene sobre su situación. A menudo saben muy poco sobre su caso, por lo que debe estar preparado para contar toda su historia nuevamente. Si originalmente solicitó asilo, debe mantener todos los hechos y detalles en orden. Recomendamos escribir su historia para mantener un testimonio consistente durante todo el proceso. Es raro que los solicitantes tengan amplia documentación o pruebas concretas de sus afirmaciones, por lo que un testimonio de alta calidad es crucial.
Tiempo sólo tienes 48 horas para prepararte, probablemente tendrá más tiempo para prepararse. En muchos casos, los detenidos esperarán días o semanas antes de que se realice la entrevista. Cuanto antes contrate a un bufete de abogados con experiencia, más tiempo podrán prepararse usted o su ser querido para la entrevista.
¿Qué sucede después de una entrevista de miedo creíble?
Después de una entrevista de miedo creíble, el entrevistador puede llegar a una de dos conclusiones: positiva o negativa. Una conclusión positiva significa que existe un temor razonable o creíble de persecución o tortura si la persona regresa a su país de origen. En este punto, pueden asistir a una entrevista sobre los méritos de asilo y solicitar asilo ante un juez de inmigración. Esto comienza el proceso de asilo.
Una conclusión negativa significa que no existe un temor razonable o creíble de persecución o tortura si la persona regresa a su país de origen. En este punto, pueden apelar la decisión ante un juez de inmigración. Si deciden no apelar, o si la apelación no tiene éxito, pueden estar sujetos a procedimientos de deportación o expulsión.
¿Puede apelar una entrevista de temor creíble o temor razonable?
En general, hay dos formas de apelar la denegación de una entrevista. La primera opción es solicitar una revisión de su caso por parte de un juez de inmigración. El segundo es solicitar una nueva entrevista a la oficina de asilo. Nuestra oficina ha logrado anular críticas negativas ante un juez de inmigración. Si le negaron la entrevista a su ser querido, llame a nuestra oficina inmediatamente al 602-910-4040.
Cómo pasar una entrevista de miedo creíble o razonable
Cuenta tu historia. Recuerde que el miedo creíble requiere una posibilidad significativa de que el solicitante pueda establecer su elegibilidad para asilo según la sección 208. Si logra ganar la entrevista de miedo creíble, tendrá la oportunidad de solicitar asilo. Si gana con éxito su entrevista de miedo razonable, puede intentar obtener la retención de deportación.
La preparación y la constancia son dos de los factores más importantes en las entrevistas de miedo razonable. Si puede brindar un testimonio fuerte y consistente sobre sus temores, puede solicitar la suspensión de los procedimientos de deportación o el alivio bajo el Convención Contra la Tortura.
Entrevista de miedo creíble
Pasar una entrevista de miedo creíble implica demostrar un temor creíble y legítimo de persecución o tortura si regresa a su país de origen. Algunos consejos para tener más posibilidades de realizar una entrevista de miedo positiva y creíble incluyen los siguientes.
- Sea sincero y coherente sobre su situación e historia.
- Reúna todos los documentos de respaldo
- Comprenda qué se considera persecución en relación con su situación
- Indique claramente las razones por las que teme la persecución, como enumerar incidentes o amenazas específicos.
- Esté preparado para discutir detalles sobre su vida personal.
- Busque ayuda de representantes legales con experiencia.
- Mantén la calma y la concentración durante tu entrevista
Recuerde, pasar una entrevista de miedo creíble no garantiza el asilo, pero es el primer paso en el proceso.
Entrevista de miedo razonable
Se lleva a cabo una entrevista de temor razonable para personas que han sido previamente deportadas, expulsadas o que han tenido una infracción migratoria previa y buscan la suspensión de la expulsión o protección en virtud de la Convención Contra la Tortura (CAT). Para pasar una entrevista de temor razonable y establecer elegibilidad para procedimientos adicionales, las personas deben demostrar una posibilidad razonable de que serían perseguidas o torturadas si regresaran a su país de origen.
La preparación para una entrevista de miedo razonable implica pasos muy similares a la preparación para una entrevista de miedo creíble. Además de los consejos para aprobar entrevistas de miedo creíble, le recomendamos prepararse para el contrainterrogatorio con su abogado. Una forma de hacerlo es participando en entrevistas simuladas con su equipo legal.
¿Qué sucederá si el oficial de asilo encuentra un temor razonable o creíble?
Luego, el oficial de asilo derivará su caso a un juez de inmigración. Luego, este juez determina si usted es elegible o no para la retención o el aplazamiento del proceso de deportación. Se está llevando a cabo un cambio reciente para que sea un oficial de asilo quien tome la determinación en lugar del juez de inmigración. De cualquier manera, será importante estar bien preparado para contar su historia al oficial de asilo o al juez.
¿Qué sucederá si el oficial de asilo no encuentra un temor razonable o creíble?
Si el oficial de asilo determina que no existe un temor razonable o creíble, aún puede solicitar una revisión ante un juez de inmigración. Sin embargo, si no solicita una revisión, o si el juez de inmigración está de acuerdo con la decisión negativa de su caso, ICE lo deportará.
Sin embargo, si la corte de inmigración revoca la decisión negativa original, tiene derecho a una audiencia completa. Esta audiencia determinará su elegibilidad para la retención o el aplazamiento de la deportación. Una vez que se tome una decisión para esta audiencia, es posible que pueda seguir apelando ante el Junta de Apelaciones de Inmigración si no gana su caso de asilo o retención.
Póngase en contacto con un abogado de inmigración de Phoenix para proteger sus derechos
Si se enfrenta a un proceso de inmigración que le cambiará la vida, necesita a los abogados de inmigración experimentados de Ybarra Maldonado Law Group. Tenemos una amplia experiencia en el manejo de apelaciones de inmigración, entrevistas de miedo razonable, entrevistas de miedo creíble, apelaciones de denegaciones de entrevistas de miedo razonable/creíble, casos de asilo, casos de retención e incluso defensa criminal casos. Nuestros abogados de inmigración están listos para representarlo y defender sus derechos como solicitante de asilo. Para programar una consulta con nosotros, por favor llame 602-910-4040 hoy.